Elaborador de Vino Artesanal - Libre Circulación y/o Exportación.
Mesa de Asesoramiento de Comercio Exterior para Micro y Pequeñas Empresas
MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE COMERCIO
Resolución 1713/2023
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el Artículo 1° de la Res.SC 884/23 de fecha 12 de mayo de 2023 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Créase la Mesa de Asesoramiento de Comercio Exterior para Micro y Pequeñas Empresas en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la que tendrá por objeto prestar un servicio de asesoramiento y asistencia a las empresas Micro, Pequeñas y Medianas de Primer Tramo, en los términos de lo previsto en el Artículo 2° de la Ley 24.467 y sus modificaciones y en la Res.SEPyME 220/19 de fecha 12 de abril de 2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y sus modificaciones, en materia de importaciones. En dicho marco, a través de esta Mesa de Asesoramiento se brindarán respuestas a dichas empresas sobre el procedimiento que debe llevarse adelante a los fines de efectivizar una operación de importación.
Con el objeto de acceder a la Mesa de Asesoramiento de Comercio Exterior para Micro, Pequeñas y Medianas de Primer Tramo, el usuario deberá registrarse en el micrositio que oportunamente creará la SECRETARÍA DE COMERCIO a través de la dependencia que resulte pertinente, pudiendo acceder con posterioridad a un sistema de soporte y asesoramiento con personal del área competente en función de la materia sobre la cual recaiga la consulta.
El interesado deberá aportar la información y la documentación que se indique en el micrositio referido en el párrafo precedente en formato digital incluyendo la documentación respaldatoria que dé cuenta del valor FOB de la operación de importación a realizar.”.